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Beca de postgraduado a disfrutar en la Sección del Laboratorio Agroalimentario

17/06/2025

RESOLUCIÓN 257/2025, de 24 de abril, del director general de Agricultura y Ganadería, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de una beca de postgraduado a disfrutar en la Sección del Laboratorio Agroalimentario, con titulación de Técnico Superior en: Laboratorio de Análisis y de Control de Calidad; Laboratorio Clínico y Biomédico; Química y Salud Ambiental; Anatomía Patológica y Citodiagnóstico; Procesos y Calidad en la Industria Alimentaria; Vitivinicultura, o título declarado equivalente a alguno de los anteriores.

Objeto.

La presente convocatoria tiene por objeto establecer, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de una beca de formación para personas postgraduadas con titulación de Técnico Superior en Laboratorio de Análisis y de Control de Calidad; Laboratorio Clínico y Biomédico; Química y Salud Ambiental; Anatomía Patológica y Citodiagnóstico; Procesos y Calidad en la Industria Alimentaria; Vitivinicultura, o título declarado equivalente a alguno de los anteriores, a disfrutar en la Sección de Laboratorio Agroalimentario del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente en el Laboratorio Enológico de Navarra, situado en Olite, para trabajos relacionados con el registro y manejo de sistemas de gestión de la información de laboratorios y la realización de análisis enológicos (químicos y microbiológicos).

Duración.

La beca tendrá una duración de hasta 12 meses, comprendidos entre el 1 de junio de 2025 hasta el 31 de mayo de 2026. La beca podrá prorrogarse, a petición de la Sección de Laboratorio Agroalimentario, por periodos iguales hasta un máximo total de tres años entre el periodo inicial y las prórrogas. La prórroga estará supeditada a la existencia de crédito presupuestario disponible al efecto.

Cuantía.

La beca estará dotada de 11.564,16 euros anuales, que se abonarán en plazos mensuales de 900 euros, o su parte alícuota, más 63,68 mensuales en concepto de Seguridad Social. La cotización anual se efectuará de conformidad a la vigente Orden de Empleo y Seguridad Social por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social. Dicho gasto se realizará con cargo a la partida "700000-70110-4809-411103 Becas".

Del abono de la cuantía se practicará la correspondiente retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas cuando ello fuera preceptivo conforme a la normativa en vigor.

La cantidad que se abone a la persona beneficiaria no tendrá en ningún caso el carácter de salario o retribución, sino de ayuda económica pública.

Requisitos.

Podrán ser beneficiarias de la beca de formación las personas físicas que reúnan todos y cada uno de los siguientes requisitos a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes:

a) Ser mayor de edad.

b) Ser español/a o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España en que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. En todo caso, quienes no ostenten la nacionalidad española deberán acreditar la suficiente capacitación en el uso de la lengua castellana.

c) Tener plena capacidad de obrar y no estar inhabilitada para la obtención de ayudas y subvenciones públicas de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o de sus organismos autónomos.

d) Residir en Navarra, al menos, desde un año antes de la fecha de la convocatoria.

e) Estar en posesión del título expedido u homologado por las autoridades españolas de: Técnico Superior de Laboratorio de Análisis y de Control de Calidad; Laboratorio Clínico y Biomédico; Química y Salud Ambiental; Anatomía Patológica y Citodiagnóstico; Procesos y Calidad en la Industria Alimentaria; Vitivinicultura, o título declarado equivalente a alguno de los anteriores.

f) Haber obtenido el título requerido dentro de los tres años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria.

g) Acreditar, en su caso, antes de la concesión de la beca, estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Asimismo, deberá presentarse una declaración o promesa de no estar percibiendo, con la misma finalidad, ninguna ayuda pública incompatible con la beca por parte de otros Departamentos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, Administraciones o entes públicos o privados.

h) No estar incapacitada físicamente, ni padecer enfermedad que pueda impedir el desarrollo de la actividad formativa que constituya el objeto de la beca.

Estos requisitos deberán mantenerse durante todo el periodo de duración de la beca.

Presentación de solicitudes.

Las solicitudes se presentarán dentro de los quince días hábiles siguientes al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra (4 de junio)

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