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Subvenciones para el fomento de la contratación de personas con dificultades de inserción laboral

17/07/2025

RESOLUCIÓN 1993E/2025, de 22 de mayo, de la directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare por la que se aprueba la convocatoria para 2025 de "Subvenciones para el fomento de la contratación de personas con dificultades de inserción laboral".

Objeto y ámbito de actuación.

Las presentes bases tienen como objeto regular las condiciones y requisitos de la concesión de subvenciones a empresas para fomentar la contratación de personas con especiales dificultades de inserción laboral durante 2025. El ámbito de actuación es la Comunidad Foral de Navarra.

Entidades beneficiarias.

Podrán ser beneficiarias de la subvención las siguientes personas o entidades:

a) Empresas.

b) Personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia.

c) Entidades sin ánimo de lucro.

Actuaciones subvencionables.

Serán objeto de subvención los contratos referidos a puestos de trabajo adscritos a centros de trabajo ubicados en la Comunidad Foral de Navarra, y que se encuadren en alguno de los siguientes apartados:

A) Los contratos indefinidos. Los contratos se celebrarán al menos al 50% de jornada.

B) Los contratos de transformación de un contrato temporal o de duración determinada en indefinido. Los contratos se celebrarán al menos al 50% de jornada.

La remuneración bruta anual mínima (incluidas pagas extraordinarias) deberá constar en el contrato, y no podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional.

El contrato deberá ajustarse a lo previsto por la legislación laboral.

En ningún caso se subvencionarán contrataciones indefinidas o transformación en indefinidas derivadas de la incoación de procedimientos sancionadores.

Quedan excluidos de esta convocatoria los contratos fijos discontinuos y los contratos indefinidos adscritos a obra.

Cada contratación debe suponer un incremento de plantilla. A los efectos de esta convocatoria, el cálculo se hará comparando la plantilla fija de la empresa en el mes de la contratación con su situación en el mismo mes del año anterior.

Requisitos de las personas contratadas.

Las personas contratadas deberán estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en los servicios públicos de empleo a la fecha del inicio del contrato, salvo en el caso de transformación de contrato temporal o de duración determinada en indefinido.

Las personas contratadas de manera indefinida o por transformación de un contrato temporal deberán pertenecer a alguno de los siguientes colectivos:

–Personas mayores de 55 años.

–Jóvenes menores de 30 años inscritos en el sistema de garantía juvenil.

–Personas desempleadas de larga duración.

–Personas perceptoras de renta garantizada o IMV.

–Mujeres contratadas en ocupaciones STEM, de acuerdo a los CNO relacionados en el anexo II de la convocatoria. En este caso, el puesto de trabajo deberá coincidir con alguna ocupación incluida en el mencionado anexo y el CNO deberá quedar explicitado en el contrato.

–Víctimas de violencia de género.

–Personas que hayan participado en un itinerario de inserción en una empresa de inserción socio laboral (mínimo 6 meses), siempre y cuando dicho itinerario haya finalizado en el último año inmediatamente anterior a la suscripción del contrato objeto de subvención.

Cuantía de la subvención.

Las cuantías a subvencionar serán las siguientes:

Contratos indefinidos o de transformación en indefinido:

a) Por los contratos suscritos con personas mayores de 55 años o con jóvenes menores de 30 años inscritos en el Registro de garantía juvenil 3.000 euros.

b) Por los contratos suscritos con personas desempleadas de larga duración o con personas perceptoras de renta garantizada o IMV, así como personas procedentes de itinerario de inserción en una empresa de inserción socio laboral, 4.000 euros.

c) Por los contratos suscritos con mujeres en ocupaciones STEM, o con víctimas de violencia de género, 6.000 euros.

En el caso de concurrir dos situaciones de las descritas, el solicitante deberá optar por la que considere más beneficiosa.

Si el contrato se suscribe con una mujer en los apartados a) o b) se concederá una cuantía adicional de 1.000 euros.

También se concederá una ayuda adicional de 1.000 euros a quienes contraten en una localidad navarra situada en una zona rural y en cuyo padrón actualizado al inicio de la actividad consten menos de 5.000 habitantes.

Plazo de presentación.

El plazo de presentación de la solicitud será de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de inicio de la relación contractual o de transformación a indefinida.

Sólo se subvencionarán los contratos cuya fecha de inicio sea posterior a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra y hasta el 31 de octubre de 2025.

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