24/11/2025
CONDICIONES DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS E INSTALACIONES DEL AYUNTAMIENTO DE GUESÁLAZ.
1ª.- NATURALEZA Y OBJETO
Es objeto de las presente condiciones es el establecimiento de las condiciones definidoras de los derechos y obligaciones de las partes que han de regir en sus aspectos jurídicos, administrativos y económicos la contratación del servicio de limpieza de edificios municipales del ayuntamiento de GUESÁLAZ, cuyo código CPV es 90911200-8 Servicios de limpieza de edificios, incluido en la Categoría 14 del Anexo II A de la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos.
Asimismo, contiene las especificaciones técnicas necesarias para la ejecución de los contratos, las cuales serán de obligada ejecución para la contratista sin perjuicio de lo ofertado por aquel en el procedimiento de adjudicación.
Los contratos que se formalicen de acuerdo al presente condiciones tienen carácter administrativo y constituyen contratos de servicios de acuerdo con lo previsto en el artículo 30 de la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos.
2ª.- HORAS DE LIMPIEZA.
Se deberán de dedicar:
- 4 horas a la semana para el ayuntamiento de Guesálaz
-1 hora para el consultorio médico de Esténoz
-1 hora cada quince días para el centro Aldaia de Muzqui.
Un total de 312 horas al año.
5ª.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y PRESUPUESTO DE LICITACIÓN
5.1- El valor estimado del contrato, calculado de acuerdo con lo previsto en el artículo 42 de la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos, contando las cuatro prórrogas posibles y con la previsión del 1 de enero de 2025 como fecha de inicio de la ejecución del contrato, asciende a la cantidad de:
5100 € IVA incluido.
5.2- En los precios que se ofertan por parte de las personas naturales o jurídicas licitadoras se entenderán incluidos todos los conceptos que integran la propia realización del contrato, y en particular:
- Los costes de personal, cargas sociales o fiscales y otros gastos de personal.
- Los impuestos, tasas o arbitrios establecidos o que se establezcan en cualquier esfera fiscal, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
- Los gastos generales y el beneficio industrial.
- Los gastos derivados de la realización de todos los trámites necesarios para la obtención de licencias, permisos y autorizaciones administrativas o cualquier otra información de organismos públicos o particulares que se requieran para la ejecución del contrato.
-Todos los elementos y útiles (productos de limpieza, escaleras, productos limpiadores, utillaje y cualquier otro material de limpieza necesario) así como la maquinaria utilizada y su conservación.
- Cualquier otro gasto necesario para la ejecución del contrato. El contratista no podrá repercutir ningún gasto de forma independiente sobre el precio acordado con la Administración.
5.3- La Administración contratante facilitará al contratista el agua, el alumbrado y la energía necesaria para la prestación del servicio, no permitiéndose el uso indebido o el abuso de estos elementos.
5.4- No procede la revisión de precios en el presente contrato.
6ª.- PLAZO DE DURACIÓN
El plazo de duración del contrato será de un año a contar desde la fecha de la firma del contrato.
El contrato podrá ser prorrogado por periodos anuales, con un máximo de cinco prórrogas. En el supuesto de que el adjudicatario no esté interesado en la prórroga del contrato deberá comunicarlo expresamente con una antelación
mínima de tres meses a la conclusión del mismo o de cualquiera de sus prórrogas.
Con carácter excepcional y siempre que la continuidad y la necesidad de la prestación así lo requiera, finalizada la vigencia del contrato, y una vez agotada la prórroga, el adjudicatario vendrá obligado a continuar en la prestación en las mismas condiciones establecidas en el mismo, en el supuesto de que no se hubiera producido la nueva adjudicación y por el tiempo restante hasta que ésta se produzca.
Asimismo, si el contrato, o cualquiera de sus prórrogas, se resuelve con anterioridad a la finalización del periodo de vigencia del mismo, la empresa adjudicataria deberá seguir ejecutando, excepcionalmente, en las mismas condiciones el contrato, a instancias del ayuntamiento de GUESÁLAZ, hasta que se resuelva la adjudicación del siguiente.
10ª.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.
Las proposiciones se presentarán en el ayuntamiento de Guesálaz antes del 2 de diciembre de 2025.
11ª.- ADJUDICACION.
Se adjudicará al mejor precio ofertado.
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