18/05/2026
RESOLUCIÓN 1498E/2026, de 30 de marzo de la directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, por la que se aprueba la convocatoria para 2026 de "Subvenciones para el fomento de la contratación de personas con dificultades de inserción laboral"
1.–Objeto y ámbito de actuación.
Las presentes bases tienen como objeto regular las condiciones y requisitos de la concesión de subvenciones a empresas para fomentar la contratación de personas con especiales dificultades de inserción laboral durante 2026. El ámbito de actuación es la Comunidad Foral de Navarra.
2.–Entidades beneficiarias.
2.1. Podrán ser beneficiarias de la subvención las siguientes personas o entidades:
a) Empresas.
b) Personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia.
c) Entidades sin ánimo de lucro.
3.–Actuaciones subvencionables.
3.1. Serán objeto de subvención los contratos referidos a puestos de trabajo adscritos a centros de trabajo ubicados en la Comunidad Foral de Navarra, formalizados a partir del 1 de enero de 2026 y que se encuadren en alguno de los siguientes apartados:
A) Los contratos indefinidos. Los contratos se celebrarán al menos al 50% de jornada.
B) Los contratos de transformación de un contrato temporal o de duración determinada en indefinido. Los contratos se celebrarán al menos al 50% de jornada.
3.2. La remuneración bruta anual mínima (incluidas pagas extraordinarias) deberá constar en el contrato, y no podrá ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional.
3.3. El contrato deberá ajustarse a lo previsto por la legislación laboral.
3.4. En ningún caso se subvencionarán contrataciones indefinidas o transformación en indefinidas derivadas de la incoación de procedimientos sancionadores.
3.5. Quedan excluidos de esta convocatoria los contratos fijos discontinuos y los contratos indefinidos adscritos a obra.
3.6. Cada contratación debe suponer un incremento de plantilla. A los efectos de esta convocatoria, el cálculo se hará comparando la plantilla fija de la empresa en el mes de la contratación con su situación en el mismo mes del año anterior.
5.–Cuantía de la subvención.
Las cuantías a subvencionar serán las siguientes:
Contratos indefinidos o de transformación en indefinido:
a) Por los contratos suscritos con personas mayores de 55 años o con jóvenes menores de 30 años inscritos en el Registro de garantía juvenil 3.000 euros.
b) Por los contratos suscritos con personas desempleadas de larga duración o con personas perceptoras de renta garantizada o IMV, así como personas procedentes de itinerario de inserción en una Empresa de Inserción Socio Laboral, 4.000 euros.
c) Por los contratos suscritos con mujeres en ocupaciones STEM, o con víctimas de violencia de género, 6.000 euros.
7.–Plazo de presentación.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de inicio de la relación contractual o de transformación a indefinida. No obstante, para los contratos formalizados con anterioridad a la publicación de la presente convocatoria, el plazo de un mes se computará a partir del día siguiente al de su publicación oficial en el Boletín Oficial de Navarra.
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