04/06/2026
RESOLUCIÓN 136E/2026, de 8 de mayo, del director general de Desarrollo Rural, por la que se aprueba la convocatoria y las bases reguladoras de las ayudas a productoras agroalimentarias que comercialicen en canales cortos, acogidas al régimen de minimis, convocatoria 2026
Objeto y finalidad.
1. La presente Resolución tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas a las productoras agroalimentarias que comercialicen en canales cortos, por actividades realizadas en el ámbito territorial establecido en la Ley Foral 5/2023, de 9 de marzo, de canales cortos de comercialización agroalimentaria.
2. La finalidad principal de estas ayudas es apoyar a las productoras agroalimentarias comercializadoras en canales cortos con el objeto de facilitar el desarrollo y la consolidación de este modelo de comercialización.
3. El presente régimen de ayudas se encuentra acogido al Reglamento (UE) número 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis. (DOUE L 2831, de 15 de diciembre de 2023).
Personas beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las productoras agroalimentarias que se encuentren inscritas en el registro de los canales cortos de comercialización agroalimentaria de Navarra contemplado en el artículo 8 de la Ley Foral 5/2023, de 9 de marzo, de canales cortos de comercialización agroalimentaria.
A estos efectos, se define como productora agroalimentaria comercializadora a las personas físicas o jurídicas, que sean titulares de explotaciones inscritas en el registro de Explotaciones Agrarias de Navarra y vendan a través de un canal corto de comercialización productos agroalimentarios propios, ya sean frescos o transformados.
Actuaciones y gastos subvencionables.
1. Se considerarán gastos subvencionables los gastos en los que incurran las beneficiarias destinados a la realización de las actividades recogidas en esta base y ejecutadas entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026.
2. Serán subvencionables los gastos de las actividades vinculadas a ofertar productos agroalimentarios a la venta mediante canales cortos de comercialización, pudiendo comprender, entre otras, las siguientes acciones:
A.1.–El diseño de envases y etiquetas comerciales de los productos objeto de venta en canales cortos, diseño de imagen corporativa, logo, diseño de las redes sociales.
A.2.–Las tasas y tarifas requeridas para la participación en eventos promocionales, concursos, exhibiciones de producto, ferias y mercados de venta de productos agroalimentarios de comercialización en canal corto en el ámbito territorial de Navarra o a una distancia máxima de la explotación de la productora agroalimentaria de 100 kilómetros.
A.3.–La creación de material divulgativo y promocional de los productos comercializados en canales cortos (Maquetación e impresión de folletos, trípticos, carteles, roll-up, vinilos, bolsas, rotulación de carpas y vehículos).
A.4.–El desarrollo de herramientas informáticas o aplicaciones para la gestión de la comercialización en canales cortos, incluyendo la creación, adecuación y mantenimiento de páginas web, incluidos los sitios web que presenten acogidos al distintivo de comercialización en canales cortos, así como la promoción a través de redes sociales.
A.5.–Los correspondientes a la colocación de la señalización del punto de venta directa.
Importe de la subvención.
1. La intensidad de ayuda será del 90% de los gastos subvencionables, hasta un máximo de 6.000 euros de ayuda por beneficiaria.
2. La concesión de ayudas no podrá exceder del límite de 300.000 euros en un periodo de tres años, conforme a lo establecido en el Reglamento (UE) número 2023/2831 de 13 de diciembre de 2023 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
Presentación de solicitudes de ayuda.
1. El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra (2 de julio)
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