22/06/2026
ORDEN FORAL 109E/2026, de 2 de junio, de la consejera de Cultura, Deporte y Turismo, por la que se aprueba la convocatoria de una beca de formación para personas graduadas en Derecho, con destino en el Servicio de Ordenación, Gestión y Calidad del Turismo, de la Dirección General de Turismo
Objeto.
La presente convocatoria tiene por objeto establecer las bases a que ha de sujetarse la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de una beca, dirigida a personas graduadas en Derecho con destino al Servicio de Ordenación, Gestión y Calidad del Turismo, de la Dirección General de Turismo.
La finalidad de la beca es promover la formación de la persona beneficiaria de la misma, de modo que adquiera un conocimiento práctico y directo de las actuaciones que se llevan a cabo desde este Servicio.
Duración de la beca.
La beca para personas graduadas en Derecho tendrá una duración inicial aproximada de 3 meses, a contar desde la fecha efectiva de inicio que se establecerá en la resolución de concesión y que finalizará el 31 de diciembre de 2026. La fecha prevista de incorporación es el 1 de octubre de 2026, o fecha que se señale en la resolución de concesión, si esta fuera posterior.
Podrá, en cualquier caso, ser prorrogada por la directora general de Turismo hasta un máximo total de tres años entre el periodo inicial y las prórrogas, de tal forma que podrán prorrogarse las anualidades completas de 2027 y 2028 y, en 2029 las mensualidades restantes hasta completar los tres años, todo ello condicionado a la existencia de disponibilidad de crédito suficiente y adecuado en la partida.
Cuantía y abono de la beca.
La beca de formación contempla un presupuesto máximo mensual de 1.200,00 euros, cantidad que incluye la previsión del gasto correspondiente a la cotización a la Seguridad Social a cargo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
La persona becada recibirá una cuantía mensual de 1.055,00 euros brutos. Del abono de esta última cuantía se detraerá, cuando ello sea preceptivo conforme a la normativa en vigor, tanto la retención a cuenta del impuesto de la renta de las personas físicas como la cotización que corresponda a las personas becadas.
La cuantía a abonar se pagará mensualmente, a mes vencido.
La cantidad que se abone a la persona becada no tendrá en ningún caso el carácter de salario o retribución, sino de ayuda económica pública.
Solicitantes.
Podrán ser beneficiarias de la beca de formación las personas físicas que, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, reúnan todos y cada uno de los siguientes requisitos:
a) Ser mayor de edad.
b) Ser de nacionalidad española o de un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. En todo caso, quienes no ostenten la nacionalidad española deberán acreditar la suficiente capacitación en el uso de la lengua castellana.
c) Tener plena capacidad de obrar y no estar inhabilitado/a para la obtención de ayudas y subvenciones públicas de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o de sus organismos autónomos, conforme al artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
d) Estar empadronada en Navarra al menos desde un año antes de la fecha de publicación de esta convocatoria.
e) Estar en posesión del correspondiente título universitario de graduado en Derecho, expedido u homologado por las autoridades españolas.
f) Haber obtenido el título requerido a fecha de finalización de la presentación de solicitudes y siempre dentro de los tres años inmediatamente anteriores a la publicación de la presente convocatoria.
g) No estar incapacitado/a físicamente, ni padecer enfermedad que pueda impedir el desarrollo de la actividad formativa que constituya el objeto de la beca.
Plazos de presentación de solicitudes y documentación.
Las personas interesadas podrán presentar las solicitudes en el plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra (13 de julio)
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