09/12/2025
ORDEN FORAL 111E/2025, de 29 de octubre, de la consejera de Cultura, Deporte y Turismo, por la que se aprueba la convocatoria de una beca de formación dirigida a personal titulado de Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, para que adquieran conocimientos teóricos y prácticos relacionados con las bases científicas del entrenamiento deportivo, la prevención de lesiones y la práctica de actividad física en relación con la salud que se llevan a cabo en el Centro de Estudios, Investigación y Medicina del Deporte del Gobierno de Navarra
Base 1.ª Finalidad.
La finalidad de la beca es promover la formación de titulados/as universitarios/as para que adquieran conocimientos teóricos y prácticos relacionados con las bases científicas del entrenamiento deportivo, la prevención de lesiones y la práctica de actividad física en relación con la salud que se llevan a cabo en el Centro de Estudios, Investigación y Medicina del Deporte del Gobierno de Navarra. Los conocimientos y formación que la persona beneficiaria podrá adquirir serán los siguientes:
1.1. Adquirir conocimiento y técnicas de medidas relacionadas con la fisiología del Ejercicio y la Biomecánica de la Actividad Física y el Deporte que puede comprender:
1.1.1. Medición de la composición corporal mediante valoración antropométrica.
1.1.2. Medición de la resistencia aeróbica, que comprende:
1.1.2.1. Determinación de la potencia aeróbica máxima.
1.1.2.2. Determinación de la capacidad aeróbica por métodos directos (mediante la determinación de la concentración sanguínea de lactato) y por métodos indirectos.
1.1.3. Estimación de la capacidad anaeróbica.
1.1.4. Medición de la fuerza muscular, que comprende:
1.1.4.1. La determinación de la relación fuerza-velocidad y de la fuerza explosiva y de su activación neural.
1.1.4.2. Determinación de la fuerza relacionada con el ciclo estiramiento-acortamiento.
1.1.5. Medición de la velocidad.
1.1.6. Cuantificación de la ingesta dietética, por diferentes métodos.
1.1.7. Aprendizaje y realización y de mediciones en el terreno de entrenamiento deportivo (tests de campo) en deportistas y en personas participantes en los programas de ejercicio físico orientados a la salud del CEIMD.
1.2. Aprendizaje de técnicas de evaluación nutricional (antropometría, estudio de la dieta, estudio del gasto calórico, diseño de dietas individualizadas).
1.3. Aprendizaje de aspectos relacionados con la prevención y readaptación de lesiones deportivas.
1.4. Adquirir nociones teóricas y prácticas sobre las bases científicas de la planificación del entrenamiento deportivo.
1.5. Prestar servicios asistenciales en los programas de ejercicio físico orientados a la salud en poblaciones con diferentes patologías. Aprender a controlar y realizar el seguimiento de participantes en el programa.
1.6. Aprender a realizar test de valoración funcional para las personas derivadas a los programas de salud.
1.7. Introducción a la investigación en el ámbito de la Fisiología del ejercicio, la Biomecánica de la Actividad Física y el Deporte y Medicina del Deporte, que comprenderá la revisión del estado de conocimiento de un determinado contenido en este ámbito, o del análisis y desarrollo de un proyecto experimental básico. Esta beca de formación deberá finalizarse con la redacción de una corta memoria de fin de estancia sobre la labor realizada.
La beca de formación será gestionada por el Centro de Estudios, Investigación y Medicina del Deporte y está destinada a Graduados/as en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte.
Base 3.ª Duración de la beca.
La beca de estancia en el CEIMD tendrá una duración máxima de 12 meses, comprendidos desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, sin posibilidad de renovación.
Base 4.ª Cuantía y abono de la beca.
La beca de estancia en el CEIMD estará dotada con una cuantía máxima de 15.780 euros. En la cantidad total se incluyen las cotizaciones de la Seguridad Social. El abono de la beca de formación en investigación se efectuará a meses vencidos, mediante transferencia bancaria al adjudicatario, por una cuantía mensual de 1.315 euros brutos, o en su parte proporcional, si fuera el caso. Del citado importe se retendrá la cantidad que corresponda a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Así mismo mensualmente, el Instituto Navarro del Deporte y de la Actividad Física abonará la parte de la cuota de cotización a la Seguridad Social correspondiente a la persona becada (65 euros).
La persona beneficiaria de la beca quedará asimilada al régimen de trabajadores/as por cuenta ajena, a efectos de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social, en los términos establecidos en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en el desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social.
La incorporación al Régimen General de la Seguridad Social, con la consiguiente afiliación y /o alta, así como la baja en dicho régimen, se producirá a partir de la fecha de inicio y en la del cese de la actividad de la persona participante en el programa de formación, en los términos y plazos y con los efectos establecidos en el Reglamento general sobre inscripción de empresas y afiliación, altas y bajas y variaciones de datos de trabajadores/as en la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 84/1996, de 26 de enero.
La cantidad que se abone al becario/a no tendrá carácter de salario o retribución, sino de ayuda económica pública.
Base 5.ª Requisitos de los/as beneficiarios/as.
Para beneficiarse de la beca la persona física deberá reunir los siguientes requisitos:
a) Ser mayor de edad y tener menos de 30 años de edad.
b) tener nacionalidad española, tener la nacionalidad de uno de los Estados miembro de la Unión Europea, o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España en que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as. En todo caso, quienes no ostenten la nacionalidad española deberán acreditar la suficiente capacitación en el uso de la lengua castellana, acreditándola con un título oficial equivalente a un nivel C1, según el Marco Común Europeo de referencia para las lenguas (MCERL).
c) Tener plena capacidad de obrar y no estar inhabilitada/o para la obtención de ayudas y subvenciones públicas de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o de sus organismos autónomos.
d) Residir en Navarra, al menos desde un año antes de la fecha de publicación de la convocatoria, acreditado mediante el correspondiente certificado de empadronamiento.
e) Estar en posesión del título oficial universitario de Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. En el caso de titulaciones expedidas en el extranjero, es necesario aportar la homologación correspondiente del Ministerio competente en materia de Educación.
f) Haber obtenido el título requerido dentro de los tres años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria de la beca de formación.
g) No estar incapacitado/a físicamente, ni padecer enfermedad que pueda impedir el desarrollo de la actividad formativa que constituya el objeto de la beca.
h) Acreditar, en su caso, antes de la concesión de la beca, estar al corriente de sus obligaciones tributarias.
i) No estar percibiendo, con la misma finalidad, ninguna ayuda pública incompatible con la beca por parte de otros Departamentos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, Administraciones o entes públicos o privados.
i) No haber sido beneficiario/a de una beca de formación, en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, durante dos o más años.
Los requisitos deberán mantenerse durante el período de duración de la beca de formación.
Plazo de presentación de solicitudes y documentación justificativa.
Las personas interesadas deberán presentar la correspondiente solicitud en cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Navarra, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 15 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra (24 de diciembre)
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